
ES
ES
No utilice reductores, adaptadores o derivadores ya que
los mismos podrían provocar calentamientos o
quemaduras.
Antes de efectuar la conexión verifique que:
la válvula de sobrepresión y la instalación doméstica
puedan soportar la carga del aparato (ver la placa de
características);
la instalación de alimentación eléctrica posea una
eficaz conexión a tierra según las normas y las
disposiciones legales vigentes;
se acceda fácilmente a la toma o al interruptor
omnipolar, con el aparato instalado.
DECLINAMOS TODA RESPONSABILIDAD
CUANDO NO SE RESPETEN LAS NORMAS
SOBRE SEGURIDAD.
Sustitución del cable
Utilice un cable de goma de tipo H05RR-F con una
sección de 3 x 0,75 mm².
El conductor amarillo-verde deberá ser 2÷3 cm. más largo
que los otros conductores.
Conexión del cable de alimentació
n eléctrico a la
red
En los modelos que no poseen enchufe, instale en el
cable, un enchufe normalizado para la carga indicada en
la placa de características y conéctelo a una toma de
corriente adecuada. Si desea una conexión directa a la
red es necesario interponer, entre el aparato y la red, un
interruptor omnipolar con una distancia mínima, entre los
contactos, de 3 mm., adecuado para esa carga y que
responda a las normas vigentes. El interruptor no debe
interrumpir el conductor de tierra amarillo-verde.
El cable de alimentación se debe colocar de modo tal que
no alcance en ningún punto una temperatura que supere
en 50 °C la temperatura ambiente.
Cuando se realiza la instalación sobre un horno
empotrado, la conexión eléctrica de la encimera y la del
horno se deben realizar por separado, ya sea por razones
de seguridad eléctrica, como para facilitar la eventual
extracción del horno.
PLACA DE CARACTERÍSTICAS
Conexiones
eléctricas
ver placa de características
Este aparato es conforme con
las siguientes Normas
Comunitarias:
- 2006/95/CEE del 12/12/06
(Baja Tensión) y posteriores
modificaciones
- 2004/108/CEE del 15/12/04
(Compatibilidad
Electromagnética) y posteriores
modificaciones
- 93/68/CEE del 22/07/93 y
posteriores modificaciones.
- 90/336/CEE del 29/06/90 (Gas)
y posteriores modificaciones.
- 2002/96/CEE y posteriores
modificaciones.
Comentarios a estos manuales